Las empresas de más de 50 trabajadores deberán elaborar
un Plan de Igualdad
Las empresas de más de 50 trabajadores deberán elaborar un Plan de Igualdad, según dispone el
RDLey 901/2020, de 13 de octubre, debiendo presentarlo, como máximo, en marzo de 2022.

Las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que elaborar un Plan de Igualdad, según dispone el RDLey 901/2020, de 13 de octubre, debiendo presentarlo, como máximo, en marzo de 2022.
Así pues, será necesario que las empresas que cumplan estos requisitos elaboren un Plan de Igualdad en que se abordarán materias como la selección del personal, formacion, sistemes de promoción interna, clasificacion professional/valoracion de puestos de trabajo, conciliación de la vida familiar, protocolo de acoso y auditoria retributiva, estableciendose medidas especificas para la implantacion y supervision del mismo.
Esa misma obligación tendrán las empresas, con independencia del número de trabajadores en plantilla, que pretendan contratar con las Administraciones Públicas.
Del mismo modo, desde el 14 de abril de 2021, todas las empresas deben tener confeccionado su registro retributivo, a los efectos de garantizar la igualdad retributiva, en trabajos de igual valor.
El incumplimiento de la elaboración de los Planes de Igualdad será definido como infracción muy grave por la autoridad laboral, de conformidad con el arte. 8.17 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), pudiendo imponer sanciones de entre 7.501€ a 225.018€.
Nieves Rabassó
Abogada y Economista
Responsable Departamento de Derecho Laboral
de Alonso-Cuevillas Abogados y Economistas
nieves.rabasso@alonso-cuevillas.eu