El TJUE resuelve que la legislación nacional que obliga a la declaración de bienes y derechos en el extranjero (Modelo 720) es contrario a la normativa europea por vulnerar la libertad de circulación de capitales.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea asesta un duro varapalo a España al resolver que la declaración de bienes y derechos en el extranjero (Modelo 720) es contrario a la normativa europea por vulnerar la libertad de circulación de capitales.

 

La Sentencia, muy contundente, expresamente establece que el régimen sancionador es desproporcionado y debe ser revisado, así como que la imprescriptibilidad que establece la normativa actual no se justifica desde la óptica de la persecución del fraude fiscal.

 

En caso de que se hubiesen pagado sanciones por la presentación incorrecta o tardía del citado Modelo se deberían iniciar los correspondientes procedimientos legales para recuperar los importes ingresados en contravención de lo establecido en la Sentencia dictada en el Asunto C-788-19 y publicada en el día de hoy.

Puede recuperar la Sentencia aquí:

Gorka Alonso-Cuevillas

Abogado

Responsable Departamento de Derecho Tributario

deAlonso-Cuevillas Abogados y Economistas

galonsocuevillas@alonsocuevillas.com


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